Silves extiende la suspensión de servicios

Considerando la evolución de la pandemia COVID-19 y la reciente renovación del estado de emergencia decretada por la Presidencia de la República, el Ayuntamiento de Silves informa que extenderá, hasta el próximo 3 de mayo, el cierre de servicios. Los servicios mínimos y esenciales permanecerán en funcionamiento.

En la práctica, en términos de organización del trabajo en el Municipio de Silves, esta decisión dará como resultado la extensión de las siguientes medidas y directrices:

El cierre de los servicios e instalaciones del municipio de Silves, sin perjuicio del mantenimiento de los servicios esenciales para garantizar el ejercicio urgente de los deberes y competencias esenciales para el funcionamiento del municipio, como, en materia de protección civil, acción social y transporte de apoyo a la comunidad, y al establecimiento de servicios mínimos en el campo del suministro público esencial de agua, servicios de recolección y tratamiento de aguas residuales y gestión y recolección de residuos urbanos.

En los servicios y actividades considerados esenciales y el uso del teletrabajo no sea posible, su ejecución está garantizada mediante la implementación de un horario de rotación y / o turnos para los trabajadores.

En otras actividades y siempre que sea compatible con las funciones ejercidas por el trabajador, la adopción del teletrabajo, identificando a los trabajadores en cada unidad orgánica, a través de sus gerentes y en articulación con el Sector Informático de la División Legal y Administrativa y la División Recursos humanos, para lo cual deben crearse las condiciones para la adopción del referido régimen de trabajo, siendo el seguimiento de los mismos responsabilidad de los respectivos gerentes.

Que los trabajadores que no prestan servicios en servicios identificados como críticos y en los que no es posible utilizar el teletrabajo, son despedidos temporalmente y deben evitar el contacto social, sin perjuicio de la posibilidad de ser llamados en cualquier momento para ejercer sus funciones.

La salvaguardia del derecho de los trabajadores a la totalidad de su remuneración dentro del alcance de las medidas establecidas mediante la orden del 19 de marzo de 2020 y extendidas por las órdenes municipales de 02 y 17 de abril de 2020.

Además de lo mencionado anteriormente, esta extensión también incluye la suspensión de todos los plazos para la práctica de actos procesales dentro del alcance de los procedimientos administrativos en los que la asistencia presencial puede ocurrir o llevarse a cabo.

Estas medidas permanecerán vigentes hasta el 3 de mayo de 2020, sin perjuicio de posibles extensiones dependiendo de la evaluación que, en cada momento, se haga de la idoneidad de las medidas ahora adoptadas, con el propósito determinante de controlar y contener la propagación del coronavirus (SARS-CoV-2), que causa la enfermedad COVID-19.

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